Desde el 24 de mayo comienza a regir nuevos requisitos para la emisión de licencias médicas, según las modificaciones a la Ley N° 20.585 realizadas en 2025. La Normativa exige Eunacom (Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina) para todos los titulados a partir del 19 de abril de 2009.
Los cambios a la Ley N° 20.585 sobre otorgamiento y uso de licencias médicas, establece que sólo podrán emitir licencias los profesionales de la salud (médicos cirujanos, cirujano-dentistas y matronas) que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI), administrado por la Superintendencia de Salud. Este registro permite verificar que las y los profesionales de la salud estén legalmente habilitados para ejercer en nuestro país y acceder información transparente sobre su capacidad.
La ley contempla una excepción para médicos especialistas y subespecialistas certificados en Chile ante entidades autorizadas por el Ministerio de Salud, como la Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Médicas (Conacem) u otras entidades acreditadas, quienes podrán continuar emitiendo licencias médicas aún cuando no hayan rendido el Eunacom.
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) instruyó a los operadores de licencias médicas electrónicas (Imed y Medipass) implementar medidas informativas y de control. Los profesionales que no cumplan los requisitos quedarán inhabilitados, según lo establecido en la ley y de acuerdo a los registros de profesionales entregado por la Superintendencia de Salud.
Fuente: https://www.suseso.gob.cl/605/w3-article-781252.html

