Lo que trae la nueva Ley Uber, Ley EAT o simplemente Ley 21.553

La Contraloría General de la República publicó el reglamento de la Ley de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT), también conocida como Ley Uber, donde -entre muchas otras normativas y controles- se regula los tipos y modelos de vehículos que no podrán ser usados en estas apps.

La Ley N° 21.553, regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de éstas se presten. Su objetivo es formalizar a los conductores de las apps Didi, Cabify, Beat y Uber -y las nuevas- para normar su funcionamiento en el país.

El texto de 30 páginas publicado por la Contraloría y a la espera de ser aprobado -para su publicación en el Diario Oficial- contiene nuevas obligaciones, tales como, que los conductores de las aplicaciones deberán poseer Licencia de Conducir A2, similar a la de los taxistas. 

Por su parte, los conductores deberán inscribirse en un registro electrónico gestionado y controlado por la subsecretaría de Transportes, donde cada conductor no podrá registrar más de dos vehículos, y podrán operar únicamente en la región donde se hayan registrado inicialmente.

Cabe destacar que el conductor registrado será considerado como trabajador dependiente o trabajador independiente, según concurran o no los requisitos establecidos en el artículo 7 del Código del Trabajo. En ambos casos, lo que hace esta nueva ley es establecer disposiciones mínimas de regulación, dando mayor protección a los trabajadores, regulando con mayor profundidad los derechos y obligaciones tanto para el trabajador como para el empleador.

En tanto, los vehículos fabricados antes de 2017 no podrán operar en las aplicaciones, éstos no podrán superar los 10 años, y deben tener una cilindrada de motor de 1.4 en adelante. Si es eléctrico, una potencia de 70 wts.

Además, éstos deben cumplir con requisitos de seguridad, antigüedad, y estándares tecnológicos como aire acondicionado o climatizador, y cierre automático o centralizado en todas sus puertas.

Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1191380&tipoVersion=0

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