El grabado de patente será un nuevo requisito para contar con el Permiso de circulación y la Revisión Técnica de los vehículos motorizados y eléctricos. Quienes no cuenten con el requisito arriesgan multa de 1 a 1,5 UTM. Conoce lo que debes saber de la ley.
El próximo 15 de mayo se inicia la nueva ley de grabado de patentes en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados en nuestro país. Se trata de la ley 21.601 que tiene como objetivo reducir el robo de piezas de vehículos, para lo cual exige la inscripción de la placa patente, grabado que debe cumplir con ciertas características y especificaciones.
¿Cuántos vidrios se deben grabar? El grabado debe estar presente en al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Para el caso de las motos, la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
¿Qué características debe tener el grabado? Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.) Letra Legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula, entre 7 y 10 milímetros de altura. Los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
¿Dónde va el grabado? En el caso de los vehículos motorizados y eléctricos, en los vidrios laterales, costado inferior derecho de cada vidrio en el lado del conductor, y el costado inferior izquierdo en el lado del acompañante.
Quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado, arriesgan una multa que va desde 1 a 1,5 UTM.
Fuente: https://www.gob.cl/noticias/ley-grabado-patentes-conoce-fecha-que-parte-multas-requisitos/