SII se querella porque entre los delitos tributarios detectados está la subdeclaración de IVA y Renta, además de la omisión maliciosa de la presentación de las declaraciones de estos impuestos, entre los años 2020, 2021 y 2022.
A partir de múltiples procesos de recopilación de antecedentes, y de los análisis realizados por las subdirecciones Jurídica y de Fiscalización, el Servicio de Impuestos Internos (SII) pudo comprobar que 47 personas y empresas usuarias de medios de pago electrónicos, utilizaban dichos dispositivos para realizar ventas de bienes y servicios, sin declarar los ingresos asociados ni pagar los impuestos correspondientes.
La información es entre los años 2020 a 2022 ambos inclusive, por lo que la institución presentó una querella en contra de los contribuyentes –personas y empresas– que habían cometido dichos delitos tributarios, como también contra todos aquellos que aparecieran como responsables de dichas conductas.
Con estos antecedentes, durante los años 2023 a 2024, el Servicio presentó 3 denuncias para solicitar la investigación del Ministerio Público, organismo que corroboró las irregularidades tributarias detectadas por el Servicio, lo que derivó en la formalización de 47 personas, este lunes 15 de septiembre.
Con la información de los documentos tributarios del proveedor de los medios de pago, y el cruce de los antecedentes con diversas fuentes de información, se pudo monitorear el comportamiento de estas 47 personas jurídicas y naturales que tenían la calidad de usuarios de las máquinas de procesamiento de pagos, es decir, que utilizaban dichos dispositivos electrónicos para canalizar el pago por las ventas de bienes o prestaciones de servicios que realizaban.
De esta manera, se logró determinar que diversos contribuyentes evadieron el Impuesto a las Ventas y Servicios que gravan las operaciones comerciales que realizaron y cuyos pagos asociados fueron canalizados mediante los dispositivos electrónicos mencionados, durante los años comerciales 2020, 2021 y 2022.
Además, se acreditó que algunos contribuyentes también subdeclararon u omitieron los ingresos que generaron a partir del uso de dichos dispositivos de pagos, evadiendo por lo tanto el Impuesto a la Renta que debían declarar.
Fuente: https://www.sii.cl/noticias/2025/220925noti03pcr.htm