Tres reclamaciones de las empresas Copec, Enex y PTH Grupo Ambiental, buscan anular el Decreto Supremo N° 47/2023, que fija metas de recolección y valorización de aceites lubricantes, dictado por el Ministerio del Medio Ambiente, en el marco de la aplicación de la Ley REP.
Los reclamantes Copec, Enex y PTH Grupo Ambiental argumentan, en términos generales, que el Ministerio (MMA) actuó de manera ilegal al establecer ciertas restricciones en el decreto supremo, asociados a los sistemas de gestión, y al otorgar facultades a los comercializadores que serían ilegales, según reclamaciones llevadas a cabo en audiencia del Segundo Tribunal.
Las alegaciones de Copec S.A. están vinculadas a la decisión del MMA de restringir parcialmente la aplicación de los “sistemas individuales de gestión” (SIG) (un único productor que cumple las obligaciones de recolección y valorización de los residuos), permitiendo que estos sistemas individuales puedan cumplir sus metas de recolección y valorización únicamente con los residuos de los aceites lubricantes que han introducido al mercado.
En tanto, el reclamo de Enex está asociado al rol y las responsabilidades de los comercializadores de aceites lubricantes usados que el MMA estableció en el decreto. El decreto supremo reclamado -argumenta- le causa un grave perjuicio al entregar a dichos comercializadores la posibilidad de valorizar los aceites por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados.
Por su parte, la reclamación de PTH Grupo Ambiental Ltda., manifiesta que, el decreto, al intentar regular aspectos asociados a los consumidores industriales, termina beneficiando a los comercializadores de aceites lubricantes, lo que resulta contrario al principio de equidad y proporcionalidad establecidos en la ley; y afirma que el decreto presenta deficiencias técnicas y económicas al omitir, por ejemplo, elementos esenciales para fundamentar las metas y regulaciones establecidas.
Fuente: https://tribunalambiental.cl/audiencia-aceites-lubricantes-usados-decreto-mma

